jueves, 10 de septiembre de 2009

PUNTO A PUNTO V

Compañeros luego de un día de viaje continuamos con nuestro contrato:
TERCERO:Jornada extraordinaria: Como lo dice el codigo del trabajo, las horas extraordinarias se pagaran con un 50% de recargo.
CUARTO:Gratificación legal:La empresa pagará una gratificación equivalente al 25% de la remuneración percibida por el trabajador en un año, con un tope máximo de 4.75 ingresos mensuales minimos. Esta gratificación se pagará mensualmente.
QUINTO: Bono nocturno: La empresa pagará a los trabajadores que se desempeñen en turno de noche un bono de $2.248 por cada día trabajado, se considerará turno de noche a los que ingresen a las 00.00 horas o aquellos que esten presentes entre las 00.00 horas y las 05.00 horas.
SEXTO: Asignación de movilización: La empresa restituira los gastos de locomoción incurridos por el trabajador para trasladarse a su lugar de trabajo.
SEPTIMO: Asignación de traslado: En caso en que se acuerde un traslado a otra región y que signifique cambio de su residencia habitual, la empresa pagará una asignación de traslado, la cual no podra ser menor que el 25% del sueldo base del trabajador.

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